Noticias del mes de julio 2010

1. Acuerdo que modifica el diverso por el que se establece la circunscripción territorial de las unidades administrativas regionales del Servicio de Administración Tributaria publicado el 21 de mayo de 2008.


DOF 23 JULIO 2010.

2. Resolución que modifica a la diversa que establece el mecanismo para garantizar el pago de contribuciones en mercancías sujetas a precios estimados por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. Publicada en el DOF del 20 de julio de 2010.

(Anexo)

3. El PAR llega a 19 estados de la República.

(Anexo comunicado 19 julio)

4. Reglas de Carácter General en Materia de Comercio Exterior para 2010.

Publicadas en el DOF el 30 de junio de 2010(Anexo)

5. La SEDENA y CFE sólo reciben pagos electrónicos.


Se informa que a partir del 31 de mayo de 2010 la Secretaría de la Defensa Nacional (SEDENA) y del 7 de junio de 2010 la Comisión Federal de Electricidad (CFE), de la Secretaría de Energía (SENER), únicamente reciben pagos electrónicos de Derechos, Productos y Aprovechamientos (DPA′s), es decir, ya no aceptan el pago con las formas oficiales 5 y 16.

6. La obligación de transparencia, correspondiente a 2008, se prorroga hasta el 31 de julio.


Invitación a cumplir con su obligación de transparencia. Le informamos que las donatarias autorizadas para recibir donativos deducibles en los términos de la Ley del Impuesto sobre la Renta estón obligadas a poner a disposición del público en general la información referente a la transparencia y al uso y destino de los donativos recibidos.

La obligación correspondiente al ejercicio 2008 se podrá cumplir hasta el 31 de julio de 2010; para ello, ingrese al Portal de Internet del SAT, sección Mi Portal, utilizando su Firma Electrónica Avanzada o Clave de Identificación Electrónica Confidencial, y capture la información en la aplicación de transparencia.

El incumplimiento de esta obligación es causa de revocación de la autorización para recibir donativos deducibles, sin perjuicio de las demás sanciones que en su caso procedan, y no podrá obtener nuevamente la autorización sino hasta el ejercicio siguiente a aquel en que se le haya notificado la revocación.
Para cualquier duda o aclaración puede utilizar los servicios de orientación disponibles a través del Portal de Internet del SAT, llamar a INFOSAT: 01 800 46 36 728 o acudir a cualquier Administración Local de Servicios al Contribuyente.

Fundamento legal:

1. Regla I.3.9.10 de la Resolución Miscelánea Fiscal vigente, en relación con la ficha 16/ISR: "Información para garantizar la transparencia de los donativos recibidos, así como el uso y destino de los mismos", contenida en el anexo 1-A de la citada Resolución, y artículos tercero, fracción IV, y quinto, fracción III, del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley del Impuesto sobre la Renta, del Código Fiscal de la Federación, de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios y de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, y se establece el Subsidio para el Empleo, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 1 de octubre de 2007.
2. Artículo cuarto Transitorio SEGUNDA Resolución de modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2009.

7. Decreto por el que se otorga un estímulo fiscal a las personas morales y fideicomisos autorizados para recibir donativos deducibles en los términos de la Ley del Impuesto sobre la Renta.


Anexo Decreto 26 de mayo.

NOTA. Información derivada de la página electrónica del Servicio de Administración Tributaria-SAT.